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Bajo un enfoque cooperativo, Perú y Suiza firman primer acuerdo bilateral en el mundo para la implementación del Acuerdo de París.

  • Bajo un enfoque cooperativo, Perú y Suiza firman primer acuerdo bilateral en el mundo para la implementación del Acuerdo de París.

    23 de noviembre de 2020. El Estado peruano y la Confederación Suiza firmaron este pasado 20 de octubre el primer acuerdo bilateral en el mundo para la implementación del artículo 6 del Acuerdo de París. Este acuerdo establece un marco para promover proyectos de mitigación en Perú bajo un esquema de Resultados de Mitigación Transferidos Internacionalmente o ITMO por sus siglas en inglés. 

    La firma del acuerdo fue realizada por la ex ministra del Ambiente del Perú, Kirla Echegaray y el embajador de Suiza en Perú, Markus-Alexander Antonietti, quien estuvo en representación de la ministra del Medio Ambiente, Transportes, Energía y Comunicación de la Confederación Suiza, Simonetta Sommaruga.

    La ex ministra del ambiente afirmo que el acuerdo “… representa un modelo a nivel internacional de cómo sacar adelante los enfoques de mercado de carbono propuestos por el Acuerdo de París y facilitar así su implementación en favor de un desarrollo sostenible”. Cabe resaltar que el proceso de diálogo entre el Ministerio del Ambiente y la Oficina Federal de Medio Ambiente de Suiza para hacer realidad este innovador instrumento de cooperación duró 2 años.

    Los proyectos ITMO que se implementen a raíz de este tipo de colaboraciones deben estar autorizados en los registros nacionales de ambos países. En Perú, ya se lanzó este registro llamado Registro Nacional de Medidas de Mitigación (RENAMI).

    Por esta razón, la fase piloto del programa Tuki Wasi, que se viene implementado por Microsol en La Libertad y Huánuco, es clave para generar información y definir procedimientos para diseñar y ejecutar una fase de mayor escala para consolidar el primer ITMO entre Perú y Suiza.

    Acuerdo de Paris & ITMO

    Mediante el acuerdo de Paris, cada país se compromete en alcanzar las metas de sus Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC por sus siglas en inglés) dentro y fuera de su territorio para limitar el aumento de la temperatura media mundial.

    Artículo 6: Las naciones están autorizadas a negociar «enfoques de cooperación” para lograr cumplir su NDC, incluyendo el uso de “Resultados de mitigación transferidos internacionalmente» (ITMO por sus siglas en ingles).

    Para mayor información:

    Leer nota de prensa del MINAM

    Leer nota de prensa de KliK